Legislación de interés para las personas con Sordoceguera
1. Artículos 13, 20, 47, 54 y 68 de la Constitución Política de Colombia de 1991.
2. Ley 982 de 2005. Por la cual se establecen normas tendientes a la equiparación de oportunidades para las personas sordas y sordociegas y se dictan otras disposiciones.
3. Ley 361 de 1997. Por la cual se establecen mecanismos de integración social de las personas con limitación y se dictan otras disposiciones.
4. Ley 762 de 2002. Por medio de la cual se aprueba la Convención Interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discpacidad.
5. Decreto 1620 de 2003, promulgado por el Ministerio de Comunicaciones. Por el cual se modifica la estructura del MInisterio de Comunicaciones y se dictan otras disposiciones.
6. Decreto 470 del 12 de octubre de 2007. Por el cual se adopta la Política Pública de Discapacidad para el Distrito Capital.
7. Ley 1341 del 30 de julio de 2009. Por la cual se definen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las tecnologías de la información y las comunicaciones, se crea la agencia nacional del espectro y se dictan otras disposiciones.
Te invitamos a conocer los nuevos lineamientos sobre los cuales está trabajando el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, a través del siguiente artículo:
Apropiación, una nueva mirada a las TIC
Por Diana Carolina Forero Buitrago
Asesora de Comunicaciones
Asociación Colombiana de Sordociegos -Surcoe-
Dese el año 2008, con la formulación del Plan Nacional Colombiano de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (PNTIC), nuestro país se encuentra inmerso en una clara política que pretende que “todos los colombianos se informen y se comuniquen haciendo uso eficiente y productivo de las TIC, para mejorar la inclusión social y aumentar la competitividad”.
La meta propone que para el año 2019 no haya ningún ciudadano en Colombia que no tenga la posibilidad de utilizar las TIC, lo cual involucra su aplicación en la productividad de las personas y empresas.
Con base en ello y con miras a una sociedad del conocimiento, se promulgó la Ley 1341 del 30 de julio de 2009, la cual estableció el marco general para la formulación de las políticas públicas que rigen el sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Allí se determinó que “la investigación, el fomento, la promoción y el desarrollo de las TIC son una política de Estado que involucra a todos los sectores y niveles de la administración pública y de la sociedad, para contribuir al desarrollo educativo, cultural, económico, social y político e incrementar la productividad, la competitividad, el respeto a los derechos humanos inherentes y la inclusión social”.
Para lograr ese objetivo, el PNTIC propone trabajar sobre cuatro ejes fundamentales: educación, salud, justicia y competitividad, aspectos considerados como sectores críticos del país. Así, el plan cobija el ámbito social, político, económico y el personal de los colombianos.
Por ello, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, como cabeza de dicha temática a nivel nacional, ha procurado crear alianzas estratégicas y mecanismos de apoyo entre el Estado y diferentes organizaciones, instituciones educativas y la sociedad civil, que faciliten el acceso a las TIC en igualdad de condiciones para todos.
Es deber de todos reconocer que el uso y aprovechamiento de las herramientas tecnológicas aportan al mejoramiento de la calidad de vida de las personas; así, su apropiación implica que las TIC no sean útiles por sí mismas sino que a través de ellas se generen contenidos de provecho que faciliten la educación, la cultura, la inclusión, la producción de conocimiento y, así, se mejore la competitividad de la población y, por ende, el desarrollo del país.
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